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La reinserción del espárrago de rotonda

Publicado el Viernes, Noviembre 4, 2016 por Cosas de Comé

Una nueva normativa de la Junta de Andalucía regulariza la venta directa por parte de productores y recolectores en sus propios campos o granjas. La nueva legislación permite adquirir legalmente en los campos huevos, espárragos, aceitunas, caracoles, frutas o verduras

Los caracoles, uno de los productos que se regulan. Foto: Cosasdecome

Texto: Angeles Peiteado

¿Se pueden comprar huevos directamente en una granja avícola? ¿Y tomates? ¿Tagarninas recolectadas? La respuesta a todas estas preguntas no es tan fácil como pueda parecer. Hasta ahora no era especialmente difícil comprar a productores de forma directa, pero esta venta no estaba amparada por ninguna normativa legal. Hasta ahora. El 18 de octubre la Junta de Andalucía aprobó un decreto para regular la venta directa en pequeñas cantiadades y lo publicó en el BOJA (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía) el 2 de noviembre. Desde el día siguiente, los productores pueden inscribirse y vender.

¿Por qué ahora?

Según la Junta, se trata de una normativa “muy demandada por el sector, especialmente en el ámbito de la producción ecológica, y que sirve para dar cobertura legal a una realidad con un gran arraigo en Andalucía, como es la venta directa de productos primarios”. En suma: se regulariza algo que ya existía antes, un diagnóstico en el que vienen a coincidir pequeños agricultores, cooperativas y uniones de agricultores.

Lo que había antes era una normativa de higiene alimentaria y de ámbito europeo que permitía pequeñas ventas, reguladas por los Estados. España reguló esto en 2006 y estableció que se permitían estas transacciones siempre que no se comerciara con leche, bivalvos vivos y “otros productos que determine la normativa específica”.

Faltaba un marco normativo y según explica Miguel Pérez de la COAG, estuvo muy cerca de haberlo en Andalucía en tiempos de la consejera Clara Aguilera (2009-2012), pero finalmente no se llegó a aprobar. Quien sí regularizó esta historia antes fue Galicia, en 2014. De hecho, la nueva normativa andaluza está tan inspirada en la gallega que coinciden muchas de las cantidades permitidas para vender.

La normativa ya está en vigor y también está activo el Registro necesario para empezar a vender.

¿Se puede vender cualquier producto?

No. Sólo productos no procesados, y además hay un listado específico de cosas que sí se pueden vender, y las cantidades están limitadas. Estos son los productos y las cantidades permitidas por productor y año:

  • - Aceitunas de mesa. Un máximo de 4.000 kilos.
  • - Bellotas recolectadas. 5.000 kilos como mucho.
  • - Castañas recolectadas. Hasta 5.000 kilos.
  • - Caracoles de granja. No más de 2.500 kilos.
  • -Cereales cultivados 10.000 kilos.
  • -Espárragos silvestres recolectados 5.000 kilos como mucho. La cantidad máxima por recolector y día es de 5 kilos.
  • - Fresas y otros frutos rojos cultivados: hasta 12.000 kilos.
  • -Frutales subtropicales cultivados: hasta 2.500 kilos.
  • -Hortalizas cultivadas (por especie): hasta 10.000 kilos si es cultivo exterior y 20.000 si es de invernadero.
  • -Huevos: 12.000 unidades.
  • -Jalea real: 10 kilos.
  • -Legumbres cultivadas (por especie): hasta 2.500 kilos si es cultivo interior y 5.000 si es de invernadero.
  • -Miel: no más de 3.000 kilos.
  • -Otras frutas y frutos cultivados (por especie): hasta 15.000 kilos.
  • -Patatas cultivadas en el exterior: 20.000 kilos.
  • -Plantas aromáticas recolectadas: 2.000 kilos.
  • -Piñones recolectados: no más de 2.000 kilogramos.
  • -Polen: el límite está en 450 kilos.
  • -Propóleo: hasta 30 kilos.
  • -Setas cultivadas. Hasta 12.000 kilos. Sólo para las especies cultivadas que pueden ser objeto de comercialización en fresco, conforme al Real Decreto 30/2009, de 16 de enero.
  • -Setas silvestres recolectadas (por especie). Hasta 2.000 kilos. Hay un límite por recolector y día (que engloba el total de especies que se recolecten durante en la jornada) de 20 kilos. Esta es la relación de especies permitidas: Agaricus campestris, Agaricus sylvaticus, Agrocybe cylindracea, Amanita caesarea (con la volva abierta), Amanita ponderosa (con la volva abierta), Boletus aereus, Boletus edulis; Boletus reticulatus, Craterellus lutescens, Craterellus tubaeformis, Cantharellus subpruinosus, Craterellus cornucopioides, Fistulina hepatica, Hydnum repandum, Hydnum rufescens, Lactarius deliciosus, Lactarius sanguifluus, Lactarius semisanguifluus, Macrolepiota procera, Pleurotus eryngii, Pleurotus ostreatus, Suillus luteus, Terfezia arenaria, Terfezia claveryi y Terfezia leptoderma.
  • -Tagarninas. Hasta 3.000 kilos. El límite por recolector y día está en los 20 kilos.

¿A quién le puedo comprar?

Productores y recolectores andaluces. Estos tienen que estar inscritos en un registro telemático, el Sistema de Información de Venta Directa de Productos Primarios de Andalucía (SIVDA), (el enlace para inscribirse está aquí). El registro se ha puesto en marcha el 3 de noviembre, y están obligados a cumplir con la normativa sanitaria y de calidad. Tienen que llevar un registro de las ventas, facilitar tickets de compra y etiquetar los productos.

Se pueden realizar las compras en la propia explotación, en mercados (aquí pueden vender los productores o alguien designado por éstos), en establecimientos de venta al por menor (sin intermediarios), incluyendo actividades de restauración colectiva, restaurantes e instalaciones de turismo rural.

¿Cuánta gente puede empezar a vender?

Esta pregunta ya es más complicada. La Junta habla de que la norma podría beneficiar a más de 183.000 explotaciones agrarias andaluzas, el 75% del total. Y también unos 8.000 productores ecológicos con unas 200.000 hectáreas en toda Andalucía

Estas cifras salen de un estudio del Instituto Nacional de Estadística del año 2013. Es la encuesta sobre la estructura de las explotaciones agrícolas. Lo que ha hecho la administración es extraer los datos de las explotaciones que tienen los productos listados.

El INE no facilita datos provinciales sobre esto, pero hay otro factor a tener en cuenta a la hora de prever el posible impacto que tendrá la nueva norma en Cádiz: las cooperativas agrarias. Nos lo explica Juan Leal, agricultor de Conil y miembro de Las Virtudes: a él le parece bien que se regularice esta forma de venta, pero él comercializa su producción a través de la cooperativa, y en realidad tiene que hacerlo así. Este tipo de sociedades pone como condición que no se venda por ningún otro canal.

Bartolo Ramírez, presidente de esta cooperativa con 500 socios, indica que para ellos el impacto será nulo. Y el 95% de los productores profesionales de la zona pertenecen a esta entidad, aunque también hay ‘aficionados’ que son los que hacen “daño” al jugar con la ventaja de no declarar la actividad.

Se pregunta, por cierto, si la Junta tiene previsto contratar a más veterinarios para controlar los requisitos sanitarios de todos los que se inscriban en el nuevo sistema. Y es que el decreto establece un sistema de inspecciones y sanciones de acuerdo con las distintas normativas aplicables en materias de calidad, consumo, regulación forestal y sanidad e higiene.

Las Virtudes no es la única gran cooperativa de este tipo que hay en la provincia de Cádiz. Hay 45. De las tres mayores, una se dedica principalmente al aceite, un producto que no está en el listado. Sólo las otras dos, Las Virtudes y Virgen del Rosario en Sanlúcar, suman 900 socios.

Más optimista es Miguel Pérez, de COAG. La norma supone una flexibilización demandada en el sector desde hace años. No tiene previsiones claras sobre una implantación que depende de la “voluntad de la gente”. En cuanto al papel de las cooperativas explica que, si bien es verdad que exigen que no haya ventas por otros canales “hay gente que vende a dos cooperativas a la vez”: una cosa es la letra y otra, lo que la organización exija de facto a sus asociados.

Pérez incluso daría un paso más en el camino emprendido por la administración andaluza: permitir la venta directa de los vinos.

Los caracoles son ganado

Durante la tramitación de la ley hubo unas pocas sugerencias sobre qué productos debían entrar entre los permitidos. Entre las alegaciones, hubo alguna que preguntaba qué ocurría con la caza, y también suscitaron dudas los caracoles, que están aunque en versión cultivada, es decir, que no valen los que se cogen en el campo. La caza, explicaba la Junta en respuesta a las alegaciones, será objetivo de futura regulación nacional.

Lo curioso del caso es que mientras se producía este debate, nadie se había planteado que la norma hablaba todo el tiempo de productos primarios de explotaciones “agrícolas y forestales”. Fue el Consejo Consultivo de Andalucía el que se dio cuenta de la contradicción y advirtió que los caracoles son, legalmente, “otras explotaciones de ganado”. Y lo mismo ocurre con los huevos, que también están en la lista y tampoco nacen de la tierra.

 

 

 

Una Respuesta
  • por JOSE LUIS MARQUEZ AGUILAR 4 Noviembre 2016 en 20:13 pm

    20kilos de setas silvestres por dia,me parece una barbaridad.Esquilmaran nuestros bosques.
    Se acabo el disfrutar con una cestita para nuestra propia degustacion
    Jose Luis

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